5 Diciembre 2015: Plazo límite para desarrollar auditorías energéticas en grandes empresas.
Entre otros, uno de los objetivos que nos encontramos en el Real Decreto que será publicado próximamente sobre la transposición de la normativa 2012/27/UE, sobre eficiencia energética, se encuentra la obligación para las grandes empresas a someterse a una auditoría energética, a más tardar el 5 de diciembre de 2015, y luego, como mínimo, cada cuatro años; y que la contabilidad individualizada de consumos (calor, frío y ACS) sea obligatoria para todas las instalaciones térmicas a partir del 1 de enero de 2017.
La auditoría podrá ser justificada o sustituida por la implantación de un sistema de gestión energética según la norma ISO 50001, donde ya se considera la realización de una auditoría energética.
Las auditorias Energéticas realizadas deberán cubrir al menos al 85% del consumo de energía del conjunto de instalaciones propiedad de la empresa por cada Comunidad Autónoma, y deberán realizarse de acuerdo a la norma UNE EN 216501 ó la serie de normas UNE EN 16247.